Subvenciones empredimiento y consolidación de empleo autónomo
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JUN

Subvenciones empredimiento y consolidación de empleo autónomo

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Se publican varias lineas de ayuda para emprendimiento y consolidación de empleo autónomo:

_ Tarifa cero. Segunda oportunidad.

_ Traslado de la actividad a Castilla y León.

_ Fomento de autoempleo.

_ Ayuda inicio de actividad a recién titulados universitarios, FP grado medio o superior.

_ ayuda empleo estable por cuenta ajena.

 

TARIFA CERO. SEGUNDA OPORTUNIDAD:

  • Ayuda dirigida a personas que se hayan beneficiado anteriormente de la llamada tarifa plana, con fechas de alta como autónomo entre 01/04/2021 y 31/12/2021 en caso de bonificación durante 12 meses y entre 01/04/2020 y 31/12/2020 para los casos de bonificación de 24 meses.
  • Las trabajadoras que, habiendo cesado su actividad por maternidad vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los 2 años siguientes.

El alta ha de haberse producido del 1 de abril de 2021 al 30 de junio de 2022.

  • Autónomos menores de 35 años que no hayan tenido los incentivos anteriores en el periodo para el que se solicita la subvención.

El alta ha de haberse producido del 1 de abril de 2021 al 30 de junio de 2022.

  • Plazo de presentación hasta el 29/08/2024.

 

TRASLADO DE LA ACTIVIDAD A CASTILLA Y LEÓN:

Subvención en régimen de concesión directa, por orden de entrada.

Algunos de los requisitos para acceder a esta subvención son:

  • Estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos al menos durante todo el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud, de forma ininterrumpida.
  • Tener el domicilio fiscal fuera de Castilla y León al menos durante un año con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, de forma ininterrumpida.
  • La persona solicitante debe estar dada de alta, como titular de la actividad, en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • No haber estado empadronada en la Comunidad de Castilla y León en los 3 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Plazo máximo para solicitud de subvención: 30 de septiembre 2024.

 

 AYUDA PARA EL FOMENTO DE AUTOEMPLEO:

Quién lo puede solicitar:

Personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y cumplan los requisitos.

Requisitos:

  • Haberse dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 3 de octubre de 2023 y el día 2 de agosto de 2024, ambos inclusive.
  • Estar desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo, no ocupada, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, salvo en el supuesto en que la persona solicitante sea una persona emigrante castellano y leonesa retornada, cuyo retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior al día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, en cuyo caso, deberá cumplir únicamente el requisito de estar desempleado el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

Algunas características de esta ayuda son:

Gasto mínimo de 2000€ (IVA no incluido)

Mantener el alta durante al menos 2 años.

Solicitud antes del alta como autónomo y estar desempleado antes.

Plazo hasta 12/08/2024.

 

RECIÉN TITULADOS

Subvención destinada a financiar el inicio de una actividad económica por cuenta propia.

Quién lo puede solicitar:

Personas físicas jóvenes, tituladas universitarias o con formación profesional de grado medio o superior, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica que se establezcan por cuenta propia y cumplan los requisitos.

Requisitos: 

  • Haberse dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, entre el día 3 de octubre de 2023 y el día 2 de agosto de 2024, ambos inclusive.
  • Estar inscrita como beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos establecidos en la normativa estatal que lo regula, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
  • Estar en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o cumplir los requisitos para su obtención, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, relacionada con la actividad por la que se solicita la subvención.

Gasto mínimo necesario de 2.000 € (IVA no incluido)

Plazo solicitud hasta 12/08/2024.

 

FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE POR CUENTA  AJENA:

Dentro de esta línea se distinguen cuatro programas:

Algunos requisitos de este programa son:

o   La contratación tiene que realizarse por parte de un autónomo.

o   Plazo de contratación subvencionable entre 31/10/2023 y 02/08/2024.

o   Contratación indefinida ordinaria a tiempo completo (durante un periodo mínimo de 2 años)

o   Plazo límite para solicitar la ayuda 12/08/2024.

Puedes ampliar información sobre el resto de líneas AQUÍ.

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