CES informa a los autónomos que están obligados a incorporarse al Sistema RED por la nueva normativa
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Los trabajadores por cuenta propia tienen un plazo máximo de seis meses, a contar desde el 1 de marzo, para darse de alta en el Sistema RED de la Seguridad Social; es decir, tienen hasta agosto para registrarse.
CES informa que el BOE ha publicado la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social.
Esta nueva orden obliga a todos los autónomos a incorporarse al Sistema RED. La orden anterior sólo contemplaba su utilización a las empresas, excluyendo a los trabajadores por cuenta propia.
Por tanto, y de acuerdo con la nueva Orden, los trabajadores por cuenta propia tienen un plazo máximo de seis meses, a contar desde el 1 de marzo, para darse de alta en el Sistema RED; es decir, tienen hasta agosto para registrarse.
El Sistema RED es un servicio que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social tanto a empresas como a profesionales. A través de este servicio, los usuarios y la Seguridad Social pueden intercambiar información sin necesidad de tener que hacerlo físicamente.
El autónomo que se haya dado de alta en dicho sistema, solo necesitará tener conexión a Internet para acceder a documentos de afiliación, cotización o partes médicos.
Para ello tendrán que presentar en la Tesorería General de la Seguridad Social una fotocopia del DNI, la documentación que acredite que está dado de alto como autónomo y una solicitud de autorización para acceder al sistema.
Toda la información sobre el Sistema RED se puede consultar en la propia web de la Seguridad Social: http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/SistemaRed/ACCSRED/index.htm
Adjuntamos Orden ESS/214/2018, para una mayor compresión de la misma.